Le damos algunos consejos en caso de que quiera buscar asilo, estudiar, vivir temporalmente o pasear por algún país de la Unión Europea.
Por Diana Mejía
Septimbre 18 de 2008
Este es el primer informe de una serie que le presentaremos a partir de hoy sobre los puntos que hay que tener en cuenta si decidió salir del país. Le respondemos cómo buscar asilo, obtener una visa de turista y en qué casos podría trabajar en Europa.
Recuerde que, a pesar de que la Unión Europea está compuesta por 27 países, algunos tienen diferencias en sus legislaciones sobre migración y, además, que no todos hacen parte de la comunidad Schengen. También tenga en cuenta que los consejos que aquí le damos no aplican para el Reino Unido. Por eso, para resolver dudas muy particulares, le recomendamos buscar la información directamente en el consulado o la embajada.
¿Qué hay que hacer para viajar a Europa como estudiante?
Si usted quiere estudiar o realizar trabajos de investigación en Europa debe solicitar la visa de estudiante en la embajada o consulado del país a donde va a ir. Para ello tenga a la mano los documentos académicos que acrediten los estudios que ya cursó y, si es menor de edad, el permiso de los dos padres. A veces, si la ley lo estima, las embajadas exigen la homologación del título profesional correspondiente.
Además de la visa, algunos países como España exigen que, una vez allí, usted solicite una autorización para su estancia en la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde va a vivir. Allí debe acreditar que cumple con todos los requisitos para la entrada y permanencia en el país, que ha sido admitido en un centro educativo y que su plan de estudios ha sido aprobado.
En algunos países como España se permite que el estudiante trabaje siempre y cuando se obtenga la correspondiente autorización, y las horas laborales no supongan un obstáculo para la consecución de los estudios. Por lo tanto, es importante cerciorarse en la embajada del país correspondiente si es permitido trabajar y dónde se obtiene el permiso.
¿Qué debo hacer para pedir asilo?
Si va a pedir asilo debe aportar las pruebas o indicios que demuestren los hechos que justifican su temor de persecución ante la embajada correspondiente. En caso de que se encuentra en Europa, debe hacer la solicitud personalmente ante la dependencia que corresponda o, en caso de no poder, la puede presentar un apoderado.
¿Cómo sé a qué régimen laboral inscribirme si quiero trabajar?
En caso de que quiera trabajar en Europa debe tener en cuenta el régimen laboral al que va a pertenecer, es decir, si va a trabajar como empleado (cuenta ajena), independiente (cuenta propia), o va a ser parte del contingente de profesionales pedidos por el gobierno a través de una convocatoria. Si usted posee una oferta formal de empleo significa que va a trabajar por cuenta ajena y, por lo tanto, la embajada le exigirá la carta de la empresa contratante o el contrato laboral.
Si tiene un proyecto comercial o actividad laboral que quiera desarrollar de manera independiente, usted trabajará por cuenta propia y la embajada le exigirá la autorización de trabajo expedida por el organismo laboral del país de destino. Si va a ser “contingente”, la embajada estudiará si su perfil profesional concuerda con el que fue aprobado por el gobierno.
Ahora bien, tenga en cuenta que cuando solicita el permiso de trabajo y residencia por primera vez, hay embajadas, como la española, que pueden exigirle que demuestre que no existen trabajadores en España disponibles para ocupar la oferta de empleo que le otorgaron a usted.
¿Siempre se debe pedir permiso de trabajo?
Hay excepciones en las que el solicitante está exento de pedir permisos de trabajo, como por ejemplo los profesionales de alto nivel, científicos, catedráticos, funcionarios civiles y militares de estados extranjeros, corresponsales de prensa, religiosos y artistas reconocidos. Si es su caso, deberá hacer valer sus privilegios realizando el respectivo trámite ante la autoridad consular correspondiente.
Por último, tenga en cuenta que algunos países exigen que usted tramite el registro de residencia una vez llegue al país de destino a trabajar. Suiza, por ejemplo, da 8 días de plazo para que se inscriba en el ayuntamiento de la localidad en la que va a residir. Por eso es indispensable que averigüe en la embajada correspondiente si este trámite es necesario.
¿Cuáles son los perfiles profesionales más solicitados?
Los camareros, bármanes, cocineros y dependientes de comercio son los perfiles que en general se requieren en Europa. Por el contrario, los sectores industrial y de la construcción son los que menos puestos de trabajo buscan.
¿Es fácil conseguir trabajo en España?
España es el país preferido por los inmigrantes colombianos, con o sin documentos, por la facilidad del idioma. Sin embargo el gobierno español aprobó el 21 de diciembre de 2007 un acuerdo con el que se reguló el Contingente de trabajadores para el 2008, es decir, el número de extranjeros que podrán acceder a un trabajo en España a través de la contratación en el país de origen.
Para el presente año la cifra se fijó en 15.731, lo que representará un 42 % menos que lo aceptado en el año 2007, que fue de 27.034 puestos de trabajo. Sin embargo, la cifra puede ser objeto de modificaciones durante el año, de acuerdo con la evolución de las necesidades del mercado laboral.
¿Cómo puedo tramitar la residencia?, ¿podré trabajar?
En caso de que quiera residir en algún país europeo debe tener presente cuánto tiempo se quedará allá. Si usted va a estar entre 90 días y cinco años, su visa será de residencia temporal y no estará autorizado para trabajar. Si es por tiempo indefinido podrá trabajar en las mismas condiciones que los ciudadanos europeos.
Si usted es cónyuge de un ciudadano europeo, además de los requisitos básicos para la solicitud de la residencia, debe tener a mano una fotocopia del documento de identidad, el certificado de residencia de su cónyuge y una copia del acta de matrimonio trascrito por el consulado respectivo. Si es hijo, requiere el registro de nacimiento apostillado, una copia del acta de matrimonio de los padres transcrito por el consulado, un documento que certifique que su padre o madre tiene su custodia y la autorización de salida del país firmada por sus dos padres, autenticada ante notario y apostillada.
¿Qué es la visa Schengen?
Si usted es turista la visa Schengen le permitirá viajar a cualquiera (o todos) los países miembros de la comunidad usando una sola visa. Sin embargo, Schengen no debe ser confundido con la Unión Europea. Por eso, antes de solicitar la visa, compruebe que el país que tiene previsto visitar forma parte de los países Schengen.
Para el año 2008, con sólo esta visa se puede ingresar a Austria, Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Italia, Holanda, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia. Sin embargo el oficial de migraciones en Europa tiene la potestad de solicitar al viajero que presente, además de su pasaporte y su visado valido, documentación que acredite su situación financiera y el pasaje de vuelta. Incluso, puede denegar el ingreso al territorio Schengen a pesar del visado válido.
Por último es importante planear el viaje para que no dure más de los tres meses permitidos, ya que una extensión es difícil de obtener y usted podría ser deportado. Eso sí, tenga en cuenta que esta visa sólo puede ser solicitada por personas interesadas en permanecer en territorio Schengen hasta 90 días por semestre, sin un permiso laboral. Las personas que desean aplicar por una visa de residencia, de trabajo, estudios o reunificación familiar, deben solicitar la información respectiva en la embajada de cada país.
¿Es más fácil tramitar la visa por medio de una agencia de viajes?
Si va a tramitar la visa por medio de una agencia de viajes pregunte en la embajada cuáles están autorizadas, y tenga en cuenta que la presentación de un expediente por una agencia no implica que tenga mayor probabilidad de obtener la visa. Por último, recuerde que adulterar la información o presentar papeles falsos tiene consecuencias penales y, en el futuro, difícilmente le otorgarán una visa en cualquier país.
¿Es obligatorio tener un seguro de asistencia al viajero y de repatriación para migrar a Europa como turista?
Además de la visa es obligatorio tener un seguro de asistencia al viajero y de repatriación, con una cobertura mínima de 30 mil euros, pues según la directiva del Consejo Europeo "es necesario un seguro de viaje, individual o colectivo, que cubra los gastos eventuales de repatriación por razones médicas, una asistencia médica de urgencia o una atención hospitalaria de urgencia. Dicho seguro debe ser válido en el territorio de los Estados miembros que aplican plenamente las disposiciones del acervo de Schengen y durante la totalidad de su estancia”. Asimismo, se recomienda solicitar la visa por lo menos con cuatro semanas de anticipación, debido a que el trámite de la Visa Schengen tarda este período de tiempo.
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termine mis estudios en junio y termine mis pasantias mas no era contrato
laboral , como hago para pazar el visado sino trabajo pero mi novio se hace
cargo de todos los gastos.el quiere que vaya por un mes para que conosca su
familia luego el venir a colombia a casarnos. gracias no quisiera que em negaran
el visado..