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La reforma a la Ley está a punto de ser aprobada en el Senado español. Le contamos en qué cambiarÃan las condiciones para los inmigrantes.
Por Gabriela Sáenz
Noviembre 17 de 2009
La Ley de ExtranjerÃa española se enfrenta a una serie de cambios importantes. La reforma, a la que le falta apenas un debate en el Senado español, busca modernizar la polÃtica migratoria española, poniéndola más a tono con las directivas de la Unión Europea y con la realidad social española.
Esta ley, que está en vigor desde 2004, regula los derechos y deberes que tienen los extranjeros que escogen a España como lugar de destino. Sin embargo, al no contemplar varios derechos fundamentales de los inmigrantes, recibió una serie de demandas por inconstitucionalidad que obligaron su reforma.
Las demandas, unidas a la necesidad del Gobierno Español de luchar contra la inmigración ilegal, dieron pie a esta reforma. La idea es que la ley sea más incluyente con los inmigrantes regulares, y que motive a que los inmigrantes irregulares legalicen su situación. De igual forma, espera desmotivar a los posibles inmigrantes ilegales, al promover sanciones fuertes para quienes cometan infracciones contra esta Ley.
El cambio más importante es la ampliación del tiempo que un inmigrante irregular puede pasar recluido en un centro de detención. Si bien anteriormente una persona podÃa estar hasta cuarenta dÃas en uno de estos centros, ahora pasará hasta sesenta, pues las autoridades migratorias consideran que este es el tiempo necesario para resolverle a alguien su situación migratoria.
De igual manera aumenta el tiempo de prohibición para regresar a España, hasta un máximo de diez años, para quien ha salido expulsado del paÃs.
Al mismo tiempo plantea sanciones alternativas a las infracciones que se cometan contra la ley y que no ameriten una expulsión. Estas infracciones pueden ser trabajar sin permiso, o reagrupar de manera irregular a los miembros de la familia. En tales casos la nueva ley contempla unas multas que van desde 500 hasta 100 mil euros.
Por otra parte la nueva ley restringe la reagrupación familiar de los padres. Ésta solo puede darse con personas mayores de 65 años que logren demostrar que hay una causalidad para reagrupar. Es decir, que los padres solo pueden ser reagrupados si están en condiciones de dependencia económica o de enfermedad.
A pesar de que estas medidas tienen un carácter claramente restrictivo, la mayorÃa de los cambios que propone la nueva ley son incluyentes y más a tono con la realidad de los inmigrantes.
Por ejemplo, en cuanto a la reagrupación familiar, con la nueva ley se permitirá la reagrupación de la pareja de hecho. Este es un avance frente a la ley antigua, que sólo permitÃa la reagrupación del cónyuge. Con la nueva ley las parejas de hecho podrán reunirse después de que el inmigrante lleve un año trabajando de manera regular en España. Lo mismo con los hijos menores de 18 años. Además los miembros de familias reagrupadas tendrán inmediatamente derecho de trabajar, a diferencia de la ley anterior que los limitaba a depender económicamente del padre reagrupador.
Otro avance de la nueva ley de extranjerÃa es reconocimiento pleno de algunos derechos fundamentales de los inmigrantes, sin importar si son regulares o irregulares, como el derecho de libre asociación, huelga, sindicalización, etc.
Por último, los miembros de las familias reagrupadas que estén en edad de trabajar podrán hacerlo. En la versión antigua de la ley de extranjerÃa todos los reagrupados llegaban a depender económicamente del inmigrante que los reagrupó.
La nueva ley de extranjerÃa ha recibido crÃticas de ONG que opinan que las medidas son excluyentes y persecutorias contra los inmigrantes en España. Sin embargo, la intención del gobierno es garantizar la igualdad para todos sus inmigrantes legales, al mismo tiempo que se enfrenta a la difÃcil tarea de combatir la inmigración ilegal y todos los problemas sociales que esto representa, no sólo para la sociedad española, sino para los mismos inmigrantes.
A esta ley le falta apenas un debate en el Senado. Y todo indica que asà será aprobada.
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3 años. Si me caso con una persona que tenga permiso de residencia y de trabajo,
pero que no tenga la ciudadania, esa persona me puede reagrupar, asi de esa
manera conseguir aunque sea el permiso de residencia??? Si consigo el permiso
de residencia se me anula la expulsion? Si no consigo dicha residencia, pero
estoy casado con alguien que esta legal aqui, me pueden deportar igual?...Muchas
gracias por alguna respuesta.